Aviso de Retorno - AR
Es el servicio adicional que, completando el formulario correspondiente, físico o digital, permite comprobarle al remitente la entrega del objeto.
Disponibilidad del servicio: En todo el territorio nacional
¿Quién puede utilizarlo?: - Personas físicas; - Personas jurídicas con y sin contrato.
Características: - El formulario del AR es devuelto al remitente con la firma de la persona que recibió el objeto;
- Puede ser utilizado en los envíos de Cartas, Tarjeta Postal, Impresos, Correo Directo Postal, y Encomiendas (PAC, SEDEX y Reembolso Postal).
¿Por qué usar este servicio?
- Validez jurídica para demostrar la recepción del objeto postal al cual se vincula; - Se ofrecen modelos diferenciados de AR, para clientes a facturar.
El servicio está disponible en todas las Agencias de Correios y, para personas jurídicas, también puede ser adquirido por medio de contrato. Contacte a nuestros representantes comerciales.
¿Cuánto cuesta? Ver aquí el precio del servicio.
¿Cómo pagarlo?: El pago del Servicio AR Digital se realiza, exclusivamente, a facturar, junto con la factura de los servicios prestados, por medio de contrato. El precio del servicio será el mismo atribuido al servicio convencional
Plazo: El plazo previsto para la devolución del AR, en el ámbito nacional, será el mismo establecido para los objetos simples urgentes (Carta Simple, Aerograma y Tarjeta Postal), contando a partir de la fecha de firma del Aviso de Retorno por quien recibe el objeto.
Emisor, servicio gratuito de generación e impresión de rótulos y etiquetas para emisión y que permite imprimir también los Avisos de Retorno.